El ejercicio de los derechos posee perfiles específicos en el ámbito dela video vigilancia.
En primer lugar, no resulta posible el ejercicio del derecho de rectificación ya que por la naturaleza de los datos -imágenes tomadas de la realidad que reflejan un hecho objetivo-, se trataría del ejercicio de un derecho de contenido imposible.
Por otro lado, el ejercicio del derecho de oposición también plantea enormes dificultades.
Si este se interpreta como la imposibilidad de tomar imágenes de un sujeto concreto en el marco de instalaciones de video vigilancia vinculadas a fines de seguridad privada no resultaría tampoco posible su satisfacción en la medida en la
Que prevalecería la protección de la seguridad.
Por otra parte el ejercicio del derecho de acceso reviste características singulares:
Requiere aportar como documentación complementaria el aportar una imagen actualizad
a que permita al responsable verificar y contrastar la presencia del afectado En sus registros.
Resulta prácticamente imposible acceder a imágenes sin que pueda verse comprometida la imagen de un tercero.
Por ello puede facilitarse el acceso mediante escrito certificado en el que, con la mayor precisión posible y sin afectar a derechos de terceros, se especifiquen los datos que han sido objeto de tratamiento.
Ej.
“Su imagen fue registrada en nuestros sistemas el día ___ del mes del año entre las _ horas y las _ horas.
En concreto el sistema registra su acceso y salida del edificio
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